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Cámara de la Propiedad Urbana de Zamora y Provincia

Si compro una casa con derrama, ¿quién debe hacerse cargo de ella?
2 de Octubre de 2014

Tras muchos años de información y asesoramiento, en la Cámara de la Propiedad Urbana de Zamora nos sentimos muy orgullosos de haber podido resolver las dudas que nos han planteado nuestros vecinos en materia de propiedad urbana.

Y es que, efectivamente, son muchas las cuestiones que pueden surgir en torno a la administración de una comunidad. Por ejemplo, si compras una casa con derrama futura, ¿sabes quién tiene que hacerse cargo de ella? Aprovecharemos este espacio para poder aclarar cuestiones que, como ésta, desde la Cámara de la Propiedad Urbana de Zamora y Provincia aconsejamos tener claras.

En primer lugar, si la derrama es a pagar en un periodo de tiempo futuro, en el contrato de compra debe constar un certificado de deudas donde estén detallados todos los pagos que tiene pendiente esa vivienda en el futuro. Siendo así, el comprador pasa a tener la obligación de hacerse cargo de todas las deudas, concretamente de todas las que se hayan adquirido en el año en curso y las de los anteriores tres años, tal y como recoge la Ley 8/2013 de 26 de Junio.

Puede darse el caso que el antiguo propietario presente un documento que le acredita estar libre de deudas o bien expone la existencia de las mismas, pero sin especificar su cuantía. En estos casos, el nuevo propietario puede encontrarse con una desagradable sorpresa que no podrá eludir, ya que de  hacerlo, la comunidad podría demandarle. En la mano del nuevo propietario está el iniciar acciones legales contra la persona que le transmitió ese inmueble en teoría “libre de cargas” y que resultó no estarlo.

En la Cámara de la Propiedad Urbana de Zamora tratamos de estar presentes en todos los foros en los que se planteen debates de esta naturaleza para poder ayudar a los propietarios urbanos.

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