Para elegir entre las asesorías
jurídicas en Zamora, trata de buscar siempre aquella que te ofrezca el
servicio más eficaz y un asesoramiento personalizado. Nuestra amplia
trayectoria en el sector nos permite atenderte de una manera totalmente
profesional. Por eso, nos gustaría aprovechar las próximas líneas para hablarte
sobre una situación especial: la puesta en venta de un piso alquilado.
Lo primero que hay que aclarar es que si el propietario de
una vivienda desea venderla, por ley, debe ofrecérsela en primer lugar al
arrendatario, indicándole claramente el precio elegido y el resto de
condiciones que ha impuesto para su traspaso.
Gracias a nuestra experiencia entre las asesorías jurídicas en Zamora, podemos aclararte que tras ese
anuncio, el inquilino dispone de un derecho preferente de adquisición (o de
tanteo) durante los siguientes 30 días.
En el hipotético caso que el propietario no hiciese tal
ofrecimiento al arrendatario, el inquilino tendrá el derecho de impugnar la transacción,
pudiendo adquirir la vivienda en las condiciones que hubiera pactado el dueño. Esta
situación es la que se conoce popularmente como derecho de retracto, debiendo
ser ejercitado en un plazo no superior a 30 días contando desde el mismo
momento en el que sea notificada la venta.
También es posible que inquilino y dueño lleguen a un pacto
por el cual el arrendatario renuncia a los derechos tanto de tanteo como de
retracto. Esta situación solamente tendrá lugar en contratos de arrendamiento
superiores a cinco años.
Para terminar, la persona que adquiera una vivienda
alquilada, tendrá que cumplir con los derechos y obligaciones que tenía el
vendedor. Es decir, tendrá que respetar las condiciones del contrato de
arrendamiento hasta que se llegue a los 5 años de duración.
En la Cámara de la
Propiedad Urbana de Zamora y Provincia
te atenderemos de la manera más
profesional, asesorándote eficazmente en todo lo que necesites y resolviendo
cualquier duda que te pudiera asaltar.